• Carné B+E

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 #37187  por Compomotive
 
he estado hablando con un amigo, q ha estado en la misma situación q yo, y me ha explicado lo siguiente:

el tiene una Renault Scenic antigua de las grandes, un carro de 300 kg aprox. y un Renault Clio de rallyes q es el q transporta.
el tema es q me ha dicho q las dos reglas a cumplir para conducir con el B, sin necesidad del B+E, son:

el peso del conjunto (carro+lo transportado), debe ser igual o inferior al peso del vehiculo con el q tiras, para q nos entendamos

y q todo en conjunto, no debe pesar más de 3500 kg (esto no sé si habrá cambiado ya a 4250kg)

bueno esto es lo q me ha dicho, a el lo han parado más de una vez ya la Guardia Civil cuando ha ido a los rallyes y no le han multado, es decir q va en regla con el carnet B, con ese conjunto


entonces en mi caso supongo q tampoco tendré problemas pues, el coche con el q voy a remolcar es un BMW 525 con una tara de 1555kg, y el peso del coche+carro q voy a transportar son 1422kg, según la ficha del carro y del coche.

no se, opinad, no se si tengo razón o no, por lo q el me ha explicado parece q si... pero es q tengo un lio con esto ya.... :?
 #37256  por Alex
 
sin problemas, los 3500 era antes ahora lo han subido a los 4250 kg antes dudaba en los pesos pero son 4250 con el b, si te kieres asegurar del todo y comerte un wevo la cabeza, buscate q esta regulado en el RD 818/09 de 8 de mayo pero ya te digo q es un jaleo buscar leyes decretos y mierdas de esas
 #37296  por Compomotive
 
gracias Alex, ya más o menos me va quedando claro con el nuevo decreto del BOE, copio y pego un resumen más o menos de lo q ha cambiado la norma y de los carnets q hacen falta, q está bastante bien, extraido de forotandas, del forero Martinx3M

Yo me he leido el BOE, y ademas me he informado, y para conjuntos que no superen los 3500kg sigue siendo valido el B, como hasta ahora, si quieres irte hasta los 4250kg, entonces es cuando necesitas la autorizacion 96, pero hasta 3500kg sigue siendo valido el B. Lo que no estoy seguro del todo, es si la vieja limitacion de TARA del tractor superior a MMA del remolque sigue siendo necesaria, ya que en el nuevo BOE no aparece por ningun lado, asique entiendo que eso deja de ser necesario.

Y os pongo los extractos del BOE donde asi esta legislado, ojo, son extractos del BOE, no extractos de un foro ni de habladurias, lo que pone el BOE es lo que vale, os resumo.



CAPITULO I. Articulo 4 Apartado 2.e

El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada EXCEDA de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.
Aqui es donde se definen los tipos de carnet, con el B podemos llevar remolques de mas de 750kg siempre y cuando el conjunto no exceda los 4250kg, es una definicion generica, mas adelante nos indican que requisitos hay que cumplir para poder llevar un conjunto de 4250kg.



CAPITULO I. Articulo 5 Apartado 5

Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior.
Nos reincide en que podemos llevar un remolque de mas de 750kg, pero ya aclara que si el conjunto supera los 3500kg es necesaria la prueba de aptitudes definida en los articulos 48.2 y 49.2. Queda claro en este punto que la prueba es SOLO necesaria si el conjunto supera los 3500kg.



CAPITULO III Articulo 48.2

2. Los solicitantes de permiso o licencia de conducción, según su clase, realizarán las maniobras indicadas en el anexo V. B).3.
CAPITULO III Articulo 49.2

2. Deberán efectuar obligatoriamente, con toda seguridad y con las precauciones necesarias, las operaciones indicadas en el anexo V. B). 4.
Vamos a ver entonces que nos indica el anexo V.B).3 y V.B).4....



ANEXO V Apartado B).3

Los solicitantes de la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase* B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg y la masa máxima autorizada del remolque supere los 750 kg a la que hace referencia el artículo 5.5, deberán realizar la maniobra I) anterior y la M) del punto 7
Nos especifica las maniobras a realizar e insiste en que solo aplica a conjuntos que excedan los 3500kg, pero inferiores a 4250kg.



ANEXO V Apartado B).4

Los aspirantes a la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg a la que se refiere el artículo 5.5, deberán realizar los siguientes ejercicios: aceleración, deceleración, marcha atrás, frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, oscilación del remolque, acoplamiento y desacoplamiento del remolque y estacionamiento.
Otra vez repite lo mismo, solo para conjuntos superiores a 3500 pero inferiores a 4250kg.



Yo creo que mas claro imposible, lo repiten varias veces dentro del BOE, que la prueba SOLO es necesaria si el conjunto excede los 3500kg, para asi poder aprovechar ese nuevo margen extra que nos permitiria llevar hasta 4250kg.

Para mi esta claro, en el BOE esta clarito, lo que pongan en los foros poco importa.

Esto ya lo tenía claro, y estaba convencido de que si se podía sin necesidad del B, hasta el peso indicado...

pues bien, resulta que ahora llega mi padre, q ha consultao la ficha del coche (BMW 525 tds e39), y pone q el máximo peso remolcable por un carro de doble eje como el q voy a utilizar solo puede sumar 1200 kg... :x , eahh todo a tomar por cu** otra vez...ya estoy hecho un lio de nuevo...

para mi, q eso es una recomendación de la marca BMW, creo q a efectos legislativos no cuenta, pues en el real decreto del BOE no hace referencia a esas recomendaciones...
bueno q me da igual ya... yo le voy a plantar el enganche al BMW, le voy a plantar el carro y el coche encima y me voy a tirar a la carretera.... los 3500 todo el conjunto no los supera al menos... y si me paran, le comeré un poco la cabeza, y si me multan... ya habrá q sacarse el jodio carnet B+E = 500 € aprox.... :x :x
 #37353  por Alex
 
pues eso q pone del peso remolcable no tengo ni idea maxo, pero si te paran los guardias se lo dices q el conjunto no puede pasar de 4250 q te lo pesen y si se ponen farrucos te haces el orejas un poko y ya esta, a mi me a funcionado alguna vez el ir de buenas y no me dado cuenta, pense q.... jajajaja